jueves, febrero 22, 2007

Proyecto de Ley de Defensa de la Competencia

Desde el 25 de agosto de 2006 se está debatiendo en el Congreso el Proyecto de Ley de Defensa de la Competencia.

La elaboración del Proyecto de Ley de Defensa de la Competencia ha sido un procedimiento transparente y modélico, en la línea del Derecho Comunitario. El proceso de dialogo y consulta se inició a principios de 2005 con la publicación del Libro Blanco para la reforma del sistema español de Defensa de la Competencia. Como resultado de los estudios, comentarios y sugerencias se elaboró en 2006 el Anteproyecto de Ley de Defensa de la Competencia, que también se sometió a consulta pública.

Entre las novedades del Proyecto de Ley de Defensa de la Competencia pueden destacarse dos de gran relevancia: el nuevo sistema de autoevaluación y la aplicación judicial.

El sistema de autoevaluación era una modificación necesaria tras la entrada en vigor del Reglamento (CE) 1/2003. Principalmente consiste en que los acuerdos restrictivos de la competencia que generen eficiencias y beneficien a los consumidores son lícitos sin necesidad de recabar una autorización de las autoridades de competencia. De esta forma serán las propias empresas las que se vean obligadas a evaluar si cumplen los presupuestos exigibles por la normativa.

Respecto a la aplicación judicial del derecho de la competencia, la reclamación de daños y perjuicios por los perjudicados de una conducta antitrust siempre se demoraba demasiados años como resultado de la exigencia de una declaración firme en vía administrativa que calificara una conducta como restrictiva de la competencia o como un abuso de posición de dominio (artículo 13.2 de la actual Ley de Defensa de la Competencia). Con la entrada en vigor del Proyecto de Ley de Defensa de la Competencia podrán plantearse demandas solicitando el resarcimiento de los daños y perjuicios causados sin necesidad de esperar a una resolución administrativa firme.

Para los interesados en el régimen procesal y sustantivo del resarcimiento por actos contrario a la Ley de Defensa de la Competencia, podéis consultar este artículo que publiqué hace varios meses en la Gaceta de los Negocios.

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